Qué no decir en el ámbito jurídico

14.08.2017

A continuación presento algunos vocablos que no debemos utilizar en el mundo jurídico:

a) Estipular: Es incorrecto decir, por ejemplo: "el artículo 108° del Código Penal estipula las circunstancias...", pues el Diccionario de la Lengua Español (DLE) define al verbo "estipular" como convenir, concertar u acordar, lo cual nos conlleva a la idea de consentimiento entre partes, situación diferente a lo establecido en una ley, en la cual no hay concierto, la ley prescribe, manda, prohíbe, faculta, autoriza, pero nunca estipula.

b) Fojas: El vocablo fojas es un arcaísmo, por lo que debemos evitar su uso.

c) Aperturar: El término "aperturar" no existe en el DLE, esto es, no es un verbo legítimo. Tampoco es posible decir: "aperturarse", ni "aperturando". El DLE sólo recoge el sustantivo "apertura", que significa acción de abrir o iniciar algo. Dos correctos ejemplos de lo mencionado serían los siguientes: "Iniciar investigación preliminar en sede fiscal" y "abrir investigación administrativa".

d) Obrante: No es correcto decir "obrante", pues esta palabra tampoco está reconocida por el DLE. Lo adecuado sería decir, por ejemplo: "Tal como aparece en la escritura pública que obra a folios..."

e) Peticionante: De igual manera, utilizar el término "Peticionante" no es apropiado, dado que no está incluido en el DLE. Lo correcto es utilizar la palabra "peticionario", para referirnos a aquella persona que pide o solicita oficialmente algo.

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